Micelio
Auto16 de abril de 2018

A- de 2018

Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido

Demandante Ana Lucia Villa Arcila

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de verificación al cumplimiento de la Sentencia T-841/14, formulado por la Directora General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

La petición se fundamentó en la salvaguarda de la sostenibilidad fiscal de la Nación, la cual podría verse afectada por el pago de acreencias laborales que no resultarían procedentes con ocasión de la liquidación de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Sabanalarga EICE.

Teniendo en cuenta que en la precitada providencia no se ordenó el cumplimiento de ningún mandato y, que por el contrario, se negó la tutela de los derechos invocados, considera la Corte que no existe orden que amerite iniciar un trámite de cumplimiento o un incidente de desacato.

Se RECHAZA por improcedente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por improcedente, la solicitud de Ana Lucia Villa Arcila, Directora General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Credito Publico para que la Corte Constitucional asuma competencia para verificar el cumplimiento de la sentencia T-841 de 2014.
  2. Segundo. Por Secretaria General, COMUNICAR a las partes del proceso de tutela la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.